lunes, junio 12, 2006

A conducir

A partir del 1 de Julio entrará en vigor el nuevo sistema de permiso de conducir por puntos. Así lo ha avisado el ministro del Interior. Supuestamente para mejorar la seguridad en las carreteras. Es por ello por lo que anoto en este post los puntos que se pueden perder según la infracción que cometamos. Así que mejor empezar desde los menos a los más para que más o menos se nos vaya haciendo más digerible:

Se sancionará con 2 puntos menos:
- Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo para la circulación a los peatones.
- Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano.
- Utilizar sistemas de detección de radares para eludir la vigilancia de los agentes de tráfico.
- Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a las normas.
- Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores (con excepciones reglamentarias)
Se sancionará con 3 puntos menos:
- Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás dispositivos de seguridad obligatorios.
- Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las normas.
- Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, cascos, auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción.
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
Se sancionará con 4 puntos menos:
- Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que se esté expresamente prohibido.
- Conducir con un exceso del 50% o más en el número de plazas autorizadas, excluido el conductor, salvo autobuses urbanos e interurbanos.
- Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilita para ello.
- Arrojar a la via o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.
- Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros.
- Exceder los límites de velocidad en más de 40 Km/h, siempre que no suponga además un exceso del 50%.
- No respetar la prioridad de paso, saltarse un semáforo en rojo o no detenerse ante una señal de STOP.
- Incumplir las normas generales de adelantamiento, poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario, o adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida.
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
- Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
- No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.
-Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento.
Se sancionará con 6 puntos menos:
- Conducir con una tasa de alcohol superior a los 0,50 mg/l en aire respirado (profesionales y noveles más de 0,30).
- Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
- Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas.
- Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
- Sobrepasar más de un 50% la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar al menos en 30 Km/h dicho límite máximo.
- Para profesionales, el exceso de más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en más de un 50% en los tiempos de descanso.
Pero para saber cuántos puntos tenemos, tenemos que consultar lo siguiente:
- Si eres conductor con más de tres años de experiencia, entonces gozas de 12 puntillos
- Si eres un conductor novel o de menos de tres años de permiso. O si has perdido la licencia por haber agotado todos los puntos, en ambos casos se les otorga 8 puntitos.
- Si en tres años no cometes ninguna infración, eres el san Pedro de la carretera, incrementarás en 2 puntos los 12 que tenías y además recibirás uno más por los tres años siguientes, hasta reunir 15 puntacos.
A partir del 1 de Julio se podrán consultar tu propio saldo de puntos en un apartado de www.dgt.es
ESCRIBE ALGO

3 Comments:

Blogger Morisko said...

Más de 3.000 muertos al año en las carreteras durante 2005 (¿cuántas familias rotas?).
Algunos Datos
Bueno a mí me queda un consuelo y es que tengo más probabilidad de morir como peatón que como motorista.
Ahora no nos preocuparemos por conducir bien sino porque no nos pillen realizando ninguna infracción para conservar unos puntos, no se si la medida es la acertada pero creo que mejorando las carreteras y con una educación vial desde pequeños sería más fácil reducir el número de muertos en carretera.
Otra curiosidad, ¿de que sirve que me trinquen en un radar a 220 km/h. me hagan una fotografía, me la envíen a casa con la respectiva multa si probablemente habré estrellado mi coche en la primera curva? No más controles de velocidad ocultos o para sacar dinero que después no se reinvierte en el acondicionamiento de las carreteras. Un radar en mitad de una resta recauda menos dinero que no al acecho y escondido en la próxima curva pero impediría que a esa curva se llegara a una velocidad inadecuada.
Bueno que me extiendo en demasía y nada en exceso es bueno, ni la velocidad.
Saludos.

2:30 p. m.  
Blogger Lafriky said...

Eso es una falacia, estoy harta de ver cometer infracciones y dónde está en es ese momento la policía? En los bares tomando café o de escaqueo.
Joooooooo Cris está lloviendo y hace frío solo traigo ropa de verano, hoy tengo kedada blogger con Isisbe.

8:48 a. m.  
Blogger Morisko said...

Bueno pues tras 6 años de carnet sin novedad me trincarón en unos de esos controles de velocidad ocultos y sigo pensando lo mismo.
He recibido la notificación a los 2 meses y una semana, y si fuera tenido un accidente y mi madre recibe la notificación ahora de la infracción ya que el control no era para la seguridad vial sino solo para recaudar dinero.
Un saludo

7:57 p. m.  

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